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DEFINICION.-
Se entiende por membresía el conjunto de personas físicas
y/o jurídicas adscritos a los servicios de CENECADO,
con sujeción a los procedimientos, derechos y obligaciones
que su nivel o tipo de participación conlleve, todo ello
de acuerdo a condiciones previamente aceptadas expresamente
por ambas partes.
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TIPOS DE MIEMBROS.- Existen las siguientes categorías:
2A Por su vigencia: ACTIVO / TEMPORAL / PASIVO
Miembro
Activo.- Membresía actual y en plena vigencia
Miembro
Temporal.- Vigencia limitada a un periodo de tiempo determinado
Miembro
Pasivo.- Membresía no vigente, pero con ciertos privilegios
como ex miembro
2B Por su grado de participación: ASOCIADO
/ COLABORADOR / SUBSCRIPTOR
Miembro Asociado.- Máxima categoría de
participación, con plenos derechos y obligaciones ad
hoc
Miembro
Colaborador.- Participación específica, no
remunerada, a favor de Cenecado o miembros
Miembro
Subscriptor.- Participación limitada a recibir Boletines
Informativos y ciertas actividades
2C Por su status: FUNDADOR / HONORIFICO / DIRECTIVO
/ INCORPORADO
Miembro Fundador.- Participante activo en los actos fundacionales
del organismo
Miembro
Honorífico.- Membresía otorgada "ad vitam"
como reconocimiento a distinción y méritos
Miembro
Directivo.- Con nombramiento de cargo corporativo y en pleno
ejercicio de sus funciones
Miembro
Incorporado.- Adheridos voluntariamente con sujeción
a procedimientos establecidos
2D Por su representación: TITULAR / REPRESENTANTE
Miembro Titular.- Persona física o jurídica
con derechos y obligaciones derivadas de membresía
Miembro
Representante.- Persona o Cía. que interviene ante
Cenecado como representante del titular, ya sea con carácter
general y permanente, o bien con carácter limitado o
temporal
3 DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS.-
Vendrán determinados por los Estatutos, Procedimientos
y Resoluciones legalmente acordadas, sin perjuicio de los derechos
y deberes derivados de acuerdos específicos así
como los provenientes de la aplicación del marco jurídico
general competente.
4
MARCO JURIDICO.- CENECADO como persona jurídica
constituida bajo las Leyes de la República Dominicana,
queda automáticamente sujeto a la normativa reguladora
de éste país, sin perjuicio de cualquier otra
que le sea aplicable en virtud de Regulaciones derivadas del
Derecho Internacional, ya sea por acuerdos bilaterales, multilaterales
o aplicación directa de normas de terceros países
en los que desarrolle sus actividades.
5
RESOLUCION DE CONFLICTOS.- Queda expresamente aceptado
por todas las partes que, en caso de conflicto o desacuerdo
sobre interpretación, alcance y/o contenido de su relaciones,
entiéndase Cenecado-Miembro / Miembro-Miembro / Cenecado-Miembro-Tercero,
se procederá a someterlo a ARBITRAJE de obligado cumplimiento,
a elección de la parte reclamante, entre una de dos jurisdicciones:
República Dominicana o país donde tiene su domicilio
legal la otra parte.
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ALTAS Y BAJAS.-
Deberán hacerse expresamente por cualquiera de los medios
legalmente aceptados, incluyendo mediante formato electrónico.
En todo caso, deberán estar al día las obligaciones
generales y específicas asumidas con Cenecado, que no
quedan eximidas de pago hasta su total liquidación.
Nota: Ver PROCEDIMIENTOS / FORMULARIO INSCRIPCION
/ CONTACTO (extra- info ) /